Instructivo para calcular tu pago ante un despido

Instructivo para calcular tu pago ante un despido

Conoce tus derechos en caso de despido o renuncia: Calcula tu finiquito o liquidación .calculadora finiquito

Instructivo para calcular tu pago ante un despido

El término de una relación laboral por despido justificado o injustificado es una situación que a la mayoría de las trabajadoras nos genera estrés e incertidumbre y ante esta situación el conocer tus Derechos Humanos Laborales es indispensable para que puedas exigir los beneficios sociales que te corresponden. 

 

Para iniciar, es necesario entender que existen diferentes formas en las que puede terminar una relación laboral: por renuncia voluntaria, en la que la trabajadora decidió dejar su puesto de trabajo;  por despido, cuando el patrón termina la relación laboral de forma justificada o injustificada. Dependiendo de la forma de terminar la relación laboral, cada una de las partes tendrá derechos y obligaciones que deberán cumplir según la Ley Federal del Trabajo (LFT).

 

Una de las principales obligaciones del patrón es pagar una cantidad monetaria a la trabajadora, de acuerdo a la forma de terminar la relación laboral,. En el caso de la separación voluntaria (renuncia) o despido justificado (el Artículo 47 de la LFT establece las causas) se trata del finiquito, y en caso de rescisión de contrato por causas injustificadas, corresponde el pago de la liquidación.

 

Para conocer  el monto que debe pagar tu patrón al culminar la relación laboral primero debes identificar cual de estas dos formas te corresponde: liquidación o finiquito.

 

¿Qué es el finiquito?

 

Es el pago que nos corresponde a las y los trabajadores cuando terminamos una relación laboral por: renuncia, terminación de un contrato temporal, despido justificado, rescisión por falta cometida por el patrón (establecidas en el Artículo 51 de la LFT) e invalidez por enfermedad. 

El finiquito debe incluir:

1. Salario devengado (el pago de los días que hayas trabajado del período que no ha sido cobrado).

2. Parte proporcional del aguinaldo.

3. Parte proporcional de vacaciones.

4. Prestaciones que contemple tu contrato (comisiones o fondo de ahorro).

5. Prima de antigüedad (corresponde solo si tienes al menos 15 años de antigüedad).

 

¿Qué es la liquidación?

 

La liquidación es una indemnización que el patrón debe pagar por terminar la relación laboral de forma injustificada (despido injustificado). Como trabajadora no debiste incurrir en ninguna de las acciones mencionadas en el Artículo 47 de la LFT.

 

La liquidación debe incluir:

1. 3 meses de salario. (establecido en el Artículo 48 de la LFT).

2. Salario devengado (el pago de los días que hayas trabajado del período que no ha sido cobrado).

3. Pago de 20 días de sueldo por cada año trabajado (establecido en el Artículo 50 de la LFT).

4. Parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prestaciones que contemple tu contrato (comisiones o fondo de ahorro).

Datos que debes conocer para calcular tu finiquito o liquidación:

a) Tu fecha de inicio y terminación de la relación laboral.

b) Salario diario (lo puedes ver en tus recibos de nómina o aquí te enseñamos cómo calcularlo).

c) Cantidad de días que trabajaste.

d) Días de vacaciones no disfrutados (El Artículo 76 de la LFT establece el mínimo de días  vacaciones).

e) Porcentaje por prima vacacional (el 25% es el mínimo establecido en el Artículo 80 de la LFT).

f)  Días de aguinaldo (no debe ser menor a 15 días, según lo establecido en el artículo 87 en la LFT).

 

Pasos para calcular tu finiquito:

Con fines de ejemplificar el cálculo tomaremos la historia de Mary, una trabajadora de maquila que durante 2 años y 6 meses ha trabajado en la misma empresa y decidió renunciar. Ella trabajo durante 10 días en el último mes, sin embargo aún no se los han pagado.

Su salario mensual es de $7,500 pesos, con 30 meses y 10 días trabajados (2 años, 6 meses y 10 días).

 

1. Calcular salario devengado (días que trabajaste y no te pagaron) debes multiplicarlos por tu sueldo diario.


días trabajados no pagados  x  sueldo diario = salario devengado

 

Para conocer su sueldo diario, debes dividir el salario mensual entre 30 días.


salario mensual / 30 = salario diario.

$7,500 / 30 = $250 pesos de salario diario.

 

Al conocer tu sueldo diario lo debe multiplicar por los días de trabajo que no fueron pagados.


$250 de salario diario x 10 (días no pagados) = $2,500 pesos de días devengados.

 

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2. Calcula el aguinaldo proporcional que te corresponde de la cantidad de días trabajados (aquí te dejamos un artículo con los pasos para hacerlo).

 

 EJEMPLO: En el caso de Mary solo trabajó 6 meses y 10 días (190 días) del año en curso, por lo tanto debe hacer un cálculo proporcional al pago del aguinaldo que le corresponde.


De 6 meses y 10 días (190 días) con un sueldo mensual de $7,500, recibirías $1,952 pesos de aguinaldo.  

 

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3. Calcula el pago por las vacaciones correspondientes al año en curso (16 días son el mínimo establecido en el Artículo 76 de la LFT).

EJEMPLO: En el caso de Mary era el tercer año de trabajo, por lo que le correspondían 16 días de vacaciones anuales, sin embargo sólo trabajó 6 meses y 10 días (190 días trabajados), por ello se debe hacer el cálculo proporcional de los días de vacaciones.



Para calcular la proporción de días trabajados debes dividir los días de vacaciones que te corresponden anualmente entre los 365 días del año y multiplicarlos por los días  que trabajaste.

 

16 días entre los 365 días del año= 0.04 x 190 días trabajados del periodo = 8.3 días de vacaciones proporcionales. 

 

Al tener el número de días de vacaciones lo debes multiplicar por tu sueldo diario y esa será la cantidad que debes recibir del pago de vacaciones


8.3 días de vacaciones correspondientes x salario diario = 8.3 x $250 sueldo diario =  $2075 pago por días de vacaciones proporcionales a los días trabajados.

 

Calcula la proporción de prima vacacional que te corresponde. 

 

Se obtiene multiplicando la parte proporcional de vacaciones (cantidad del punto 3) por la prima vacacional (el 25% es el mínimo establecido en el Artículo 80 de la LFT): prima vacacional.

 

EJEMPLO: En el caso de Mary se multiplican los  $2,075 pesos equivalentes al pago de días de vacaciones x el 25% de la prima vacacional.


$2,075 pesos x 25% prima vacacional = $518.75 pesos  de prima vacacional.

 

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Finalmente, al sumar todos los montos anteriores estarás obteniendo una cifra aproximada al monto que debes recibir de finiquito:

 $2,500 (sueldo días no pagados) + $1,952 (aguinaldo correspondiente) + $2075  (proporcional de vacaciones) + $518.75 (proporcional de prima vacacional)=  $7,045 pesos.

 

 

Pasos para calcular tu liquidación:

Con fines de ejemplificar el cálculo tomaremos la historia de Pedro, un trabajador con contrato indeterminado en una tienda departamental, que durante 2 años y 6 meses ha trabajado en la misma empresa, fue despedido injustificadamente y los últimos 10 días que trabajó no se los han pagado.

Su salario mensual es de $7,500 pesos y ha trabajado 2 años, 6 meses y 10 días.

El primer paso que se debe realizar para conocer tu liquidación es calcular el Salario Diario Integrado (se denomina de esta forma pues “integra” el equivalente al salario más las prestaciones de ley).


Cálculo del Salario Diario Integrado (SDI):


El Salario Diario se calcula dividiendo el salario mensual entre 30 días:


EJEMPLO: En el caso de Pedro es:

$7, 500 pesos  / 30 = $250 pesos de Salario Diario.

Después debes calcular el Aguinaldo Diario para identificar el proporcional que te corresponde.
El Aguinaldo Diario se calcula dividiendo el monto que te corresponde anualmente entre los 365 días del año.

$3,750 (monto de los 15 días correspondientes al periodo anual) / 365 (días) = $10.27 pesos de Aguinaldo Diario.

 

Para calcular lo correspondiente a las vacaciones se debe multiplicar el Salario Diario por los días de vacaciones correspondiente, de ahí debe sacar el 25% correspondiente de la prima vacacional.

EJEMPLO: En el caso de Mario le corresponden 16 días anuales de vacaciones (por ser su tercer año en la empresa).
 

$250 pesos (salario diario) X 16 (días de vacaciones) = $4,000 
 $4,000 (vacaciones) x 25% (prima vacacional) = $1000 / 365 (días del año)= $2.73 pesos de Prima Vacacional Diaria.

 

Al sumar los resultados anteriores obtendrás tu Salario Diario Integrado, al multiplicarlo por 30 días obtendrás tu Salario Mensual Integrado.

 

EJEMPLO: $250 (salario diario) + $10.27 (aguinaldo diario) + $2.73 (prima vacacional) = 263 es tu Salario Diario Integrado  x 30 (días) = $7,890 pesos es tu Salario Mensual Integrado.

 

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Para calcular tu liquidación debes seguir los siguientes pasos:



1. De acuerdo al Artículo 48 de la LFT se te debe indemnizar con el pago de tres meses de Salario Mensual Integrado.


EJEMPLO: En el caso de Pedro el Salario Mensual Integrado es de  $7,890 pesos.
 Multiplicar 3 (meses de indemnización) x tu Salario Mensual Integrado.

3 (meses) x $7,890  (Salario Mensual Integrado)= $23,670 pesos

 

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2. El pago de 20 días de sueldo por cada año trabajado (establecido en el Artículo 50 de la LFT). 

 

EJEMPLO: En el caso de Pedro (este caso) se tomarían 40 días de SDI por los 2 años de trabajo.
 $263 (SDI) X 40 días = $10,520 pesos.

 

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3. Pago del salario devengado, en este caso debes multiplicar los días que trabajaste (y no te fueron pagados) por tu Salario.

EJEMPLO: Mario no recibió el pago de 10 días.

10 (días) x $263 Salario Diario Integrado = $2630 pesos

 

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Teniendo todas las cifras anteriores listas, debes sumarlas y el resultado será la liquidación que te corresponde. (a.+b.+c.)

$23,670 pesos (3 meses de salario) + $10,520 pesos (40 días de sueldo) + $2630 pesos (días devengados)= $36,820 pesos

 

 

¡Recuerda!

 

Esta cantidad es solo una aproximación, ya que se te descontará el ISR(en algunos casos se puede deducir), cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit o algún otro préstamo que hayas tenido con descuento vía nómina.

El patrón NO te puede obligar a firmar tu renuncia.

En caso de un despido injustificado puedes presentar una demanda en los primeros dos meses para obtener la reinstalación de tu puesto o la indemnización no pagada (de no continuar en el puesto) y tienes hasta un año para solicitar las prestaciones no pagadas, esto establecido en los Artículos 516 y 518 de la LFT.

 

En caso de tener dudas acerca de este procedimiento acércarte al Centro de Acompañamiento y Organización a Personas Trabajadoras, ahí te brindarán asesoría gratuita. 

 

Instructivo para calcular tu pago ante un despido

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