Votación en el Parlamento Europeo sobre la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDD)

El documento resume información sobre la reciente votación del Parlamento Europeo (P9_TA(2023)0209) sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 (COM(2022)0071 – C9-0050/2022 – 2022/0051(COD)).

El parlamento Europeo ha votado a favor de una legislación europea que busca obligar a las empresas de la región a evaluar y prevenir daños a los derechos humanos, el medio ambiente y el clima en sus cadenas de valor globales: la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDD).

En los meses pasados, la Comisión y el Consejo Europeos habían publicado propuestas de esta Directiva muy alejadas de los estándares internacionales sobre empresas y derechos humanos. No obstante, la postura del Parlamento Europeo busca robustecer el marco de protección a los derechos fundamentales esclareciendo que las empresas deben realizar procesos de debida diligencia que incluyan la participación de las partes interesadas y reduciendo las barreras de acceso a la justicia y remedio para personas y comunidades afectadas.

 

El parlamento ha votado por una propuesta que amplía el ámbito de aplicación para incluir a empresas desde las 250 personas empleadas y 40 millones de euros de volumen de negocio; y a las empresas matrices de grupos de más de 500 personas empleadas y 150 millones de euros de volumen de negocio que operan en la Unión Europea.

 

 

Se exige a las empresas que tomen todas las medidas apropiadas para identificar, prevenir, detener y remediar los impactos negativos en los derechos humanos y el ambiente en sus cadenas globales. Además, se exige una diligencia reforzada en las zonas afectadas por conflictos. Finalmente, se exige que las empresas suspendan sus relaciones comerciales con socios que no se alineen a los estándares mencionados. 

 

 

Las empresas que no se adhieran a esta Directiva enfrentarán sanciones duras que incluyen multas desde el 5% de su facturación mundial neta, restricciones a la exportación y circulación de productos y declaraciones públicas en la que consten la empresa responsable y la naturaleza de la infracción.

 

 

Las personas o grupos afectados se beneficiarán de fuertes medidas de acceso a la justicia cuando presenten demandas ante los tribunales de la UE, como la representación de organizaciones de la  sociedad civil ante los tribunales, acceso a pruebas en poder de las empresas, la solicitud de medidas cautelares, acceder a asistencia financiera y plazos de prescripción más amplios en casos de abusos empresariales.

 

Si bien el texto votado presenta importantes avances en favor de los derechos de las personas y por una rendición de cuentas de las empresas firme, algunas propuestas de las que se han insistido desde la sociedad civil del Sur Global y aliadas quedaron fuera. Por ejemplo: que la carga de la prueba recaiga sobre las empresas, que directores y accionistas puedan ser vinculados a procesos judiciales, y una responsabilidad más clara para inversionistas y actores financieros.

Durante los próximos meses y hasta finales de año continuará el diálogo entre las tres instancias involucradas en el proceso legislativo europeo (la Comisión, el Consejo y el Parlamento), lo que dará  lugar a negociaciones sobre el texto final. Quedan por delante un par de años para la aplicación de la legislación, y se espera una entrada en vigor escalonada; sin embargo, existen motivos para mantener expectativas razonables sobre el alcance de la Directiva.