La comunidad indígena zapoteca de Juchitán de Zaragoza defiende su derecho a la tierra, al territorio y a los bienes naturales frente a la implementación de proyectos eólicos en el Istmo de Tehuantepec.
La instalación de estos parques eólicos sucede sin que se garantice el derecho a la consulta indígena y al consentimiento libre, previo e informado de las comunidades, lo que anula también su derecho a decidir sobre su propio desarrollo.
ProDESC acompaña de manera integral a la comunidad indígena zapoteca de Juchitán desde 2013. En ese año emprendió una defensa legal y organizativa de su tierra y territorio porque distintas secretarías del gobierno federal otorgaron permisos anticipados para la construcción del parque eólico Bií Hioxo, de la empresa Gas Natural Fenosa. A cuatro años del inicio de esta defensa legal, el proceso jurídico continúa vigente en espera de que el Juzgado Sexto de Distrito con sede en Salina Cruz, Oaxaca, dicte una sentencia apegada a los más altos estándares de derechos humanos y de los derechos de los pueblos indígenas.
La comunidad indígena zapoteca de Juchitán también fue recinto de la primera consulta indígena que el gobierno mexicano llevó a cabo en el contexto de la llamada reforma energética. En el marco de su acompañamiento, ProDESC formó parte en 2014 de la Misión de Observación que se conformó con otras organizaciones civiles para documentar el proceso de esta primera consulta indígena para la instalación del parque eólico de la empresa Eólica del Sur, antes Mareña Renovable.
La Misión de Observación documentó distintas violaciones a los derechos humanos de la comunidad indígena zapoteca cometidas por la empresa y por las autoridades mexicanas durante el proceso de consulta, entre ellas más de 30 incidentes de seguridad. Sin embargo, el gobierno federal asegura que éste debe ser el modelo de consulta indígena que debe aplicarse en todo el país.
En 2015, la comunidad indígena de Juchitán presentó dos amparos ante los Juzgados de Distrito Sexto y Séptimo con sede en Salina Cruz, Oaxaca, contra el cierre de la fase informativa por la violación al principio de consulta informada, y otro contra el cierre de la consulta por violaciones a todos los principios que rigen el derecho a la consulta. La resolución legal de los casos con sentencias apegadas a los más altos estándares de derechos humanos resultaría un precedente para otras comunidades indígenas en México.