5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas

5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas

5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas

 

5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas

Las vacaciones no siempre fueron un derecho de las personas trabajadoras. Este se estableció por primera vez en el Artículo 82 de la Ley Federal de Trabajo (LFT) de 1931, que reconoció “los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones”. A lo largo del tiempo la LFT ha sufrido una serie de modificaciones positivas con respecto a las vacaciones de las y los trabajadores en México.

Su último cambio se publicó el pasado 27 de diciembre al Artículo 76 de la LFT, donde se estipulo el aumento de un mínimo de 6 a 12 días de vacaciones anuales y a partir del 1º de enero de 2023 entró en vigor el decreto que establece las vacaciones dignas para las personas trabajadoras en México.

Teniendo esto en cuenta, a continuación te dejamos 5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas:

1. ¿Quienes disfrutarán esta modificación?

La modificación aplica para todos los trabajadores con contratos individuales o colectivos de trabajo en México.

2. ¿Se pueden tomar los 12 días de vacaciones de forma continua?5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas

Sí, al cumplir un año de servicio disfrutarás de un periodo anual de vacaciones pagadas de al menos 12 días continuos, a menos que la persona trabajadora decida distribuirlos. ¡Ojo! Tu empleador no puede obligarte a distribuir tus vacaciones (establecido en el Artículo 78).

Si eres un trabajador que preste servicio discontinuo o por temporada tendrás derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajo en el año (establecido en el Artículo 77).

3. ¿En caso de no tomar mis vacaciones me las pueden pagar?

Las vacaciones son tu derecho y debes tomarlas.  Tu empleador no puede compensarlas con una remuneración económica.

Solo si la relación de trabajo termina antes de que cumplas 1 año de servicio, tendrás derecho a una remuneración económica proporcional al tiempo de servicios prestados (establecido en el Artículo 79).

4. ¿Puedo tomar mis vacaciones en cualquier momento?

El periodo de vacaciones lo debes acordar con tu patrón, sin embargo te las deben conceder dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.

5. ¿Los trabajadores de medio tiempo tienen derecho a los mismos días de vacaciones?

Claro, las vacaciones dependen de los años de servicios prestados, no depende de la jornada de trabajo.

6. ¿Mi patrón me puede obligar a tomar vacaciones?

No te pueden obligar a tomar tus vacaciones.

5 datos que debes saber sobre tu derecho a vacaciones dignas7. ¿Qué hago si mi patrón no me autoriza tomar vacaciones?

En caso de que tu patrón exponga excusas o no te permita tomar tus vacaciones puedes acudir a la Profedet donde te brindarán asesoría gratuita.

¡Recuerda!  Tienes derecho a recibir una prima durante tu período de vacaciones, esta no debe ser menor al 25% de tu salario  (establecido en el Artículo 80).

Si tienes alguna duda sobre como ejercer tu derecho puedes comunicarte al Centro de Acompañamiento y Organización a Personas Trabajadoras, ahí te pueden asesorar gratuitamente sobre este derecho y como ejercerlo con plenitud.

 

 

 

 

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