3 claves para entender la NOM sobre Teletrabajo y exigir tus derechos

3 claves para entender la NOM sobre Teletrabajo y exigir tus derechos

El 8 de junio de 2023 se aprobó en México la norma la NOM-037-STPS-2023, que regula el teletrabajo o “home office”, y busca regular las condiciones prácticas y garantizar la seguridad y salud de las personas trabajadoras en el país.

La norma, que establece lineamientos y obligaciones tanto para empleadores y personas trabajadoras, destaca la importancia de acordar entre ambas partes el lugar donde se realizarán las actividades laborales. Esto siempre y cuando se cumplan requisitos como disponibilidad de conectividad para el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y condiciones adecuadas de seguridad y salud en el entorno de trabajo, incluyendo instalaciones eléctricas en buen estado, iluminación adecuada, ventilación y ergonomía.

Teniendo esto en cuenta, a continuación te dejamos 3 datos que debes saber:

  1. 1. ¿A quién aplica la norma?

La norma aplica a todos los centros de trabajo que cuenten con personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo en México, así como a las personas trabajadoras que laboren más del 40% de su jornada semanal desde un lugar fuera del centro del trabajo.

 

2. ¿Cuáles son mis obligaciones como persona trabajadora?

a) Debes seguir las reglas del teletrabajo que acuerdes con tu jefe, como horarios de trabajo, momentos de desconexión, vacaciones, etc.

b) Si tienes algún problema de seguridad o salud que afecte tu trabajo, debes informar a tu jefe y a la Comisión de Seguridad e Higiene.

 

c) Es tu responsabilidad cuidar y mantener en buen estado los equipos, materiales y muebles que te haya proporcionado tu patrón para trabajar.

d) Tienes que proteger los datos e información que generes mientras trabajas en modalidad de teletrabajo.

e) Si te cambias de domicilio, de forma temporal o permanente, debes informar con anticipación en tu trabajo.

f) Debes participar en los procesos de información sobre riesgos relacionados con tu trabajo remoto y recibir la capacitación que te brinde tu jefe.

 

3. Algunas de las obligaciones de los patrones son:

a) Llevar un listado de las personas que se encuentren bajo la modalidad de Teletrabajo.

b) Proporcionar a los empleados una silla adecuada y cualquier material necesario para llevar a cabo tu trabajo.

c) Contar con mecanismos de atención en casos de violencia familiar “que consideren, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente”.

d) Establecer programas para el mantenimiento de los equipos provistos a los empleados que trabajan en modalidad de teletrabajo.

e) Promover la prevención de riesgos laborales en el teletrabajo.

f) Establecer reglas de contacto entre el centro de trabajo y los empleados.

g) Definir la duración de la jornada laboral, los descansos y la desconexión (incluso la desconexión digital).

h) Establecer responsabilidades y obligaciones tanto para el patrón como para los empleados que trabajen en modalidad de teletrabajo.

i) Proveer periodos de lactancia para que las madres trabajadoras puedan alimentar a sus hijos e hijas. (Se pueden tomar dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o reducir una hora la jornada laboral.)

j) Asegurarse de que los derechos de los empleados que trabajan en teletrabajo no sean inferiores a los de aquellos que trabajan de forma presencial.

 

El documento incluye un apéndice con ejercicios físicos previos al inicio de la jornada laboral, así como recomendaciones para elegir una silla ergonómica que permita una postura cómoda durante las actividades.

 

 

 

 

 

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