23 Oct Tribunal ordena admitir demanda para investigar importaciones ligadas a trabajo forzoso en China

- La resolución sienta un precedente para que México cumpla con el capítulo laboral del T-MEC y fortalezca la vigilancia sobre las cadenas globales de suministro.
Ciudad de México, 21 de octubre de 2025. El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad México, ordenó al Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) admitir la demanda presentada por la organización Empower, acompañada por ProDESC, que busca revertir la negativa de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de investigar la importación de productos fabricados presuntamente a través de trabajo forzoso en la Región Autónoma de Xinjiang, China.
El caso, que constituye el primer intento ciudadano en México por activar el mecanismo del artículo 23.6 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), cuestiona la adquisición de equipos de videovigilancia de las marcas Dahua y Hikvision, relacionadas con una serie de proveedoras que presuntamente manufacturan en condiciones de trabajo forzoso u obligatorio.
El T-MEC prevé como uno de sus objetivos generales la protección y observancia de los derechos laborales, el mejoramiento de las condiciones de trabajo, al igual que el fortalecimiento de la cooperación y capacidades de las partes en la materia. En especial su artículo el artículo 23 del tratado contempla la obligación de prevenir, investigar y sancionar la importación de mercancías procedentes de otros países, producidas en su totalidad o en parte por trabajo forzoso u obligatorio, incluido el trabajo infantil forzoso u obligatorio.
Organizaciones intercaionales e investigaciones periodísticas han documentado en numerosas ocasiones violaciones sistemáticas a los derechos humanos de minorías étnicas y religiosas en la Región de Xinjiang, entre otras, la existencia de prisiones o campos de adoctrinamiento, donde presuntamente se les tortura y obliga a trabajar, como es el caso específico de la comunidad uyghur en Turquestán del Este.
El Noveno Tribunal Colegiado determinó que la resolución previa del TFJA —que desechó la demanda de nulidad de Empower— fue ilegal, y ordenó su reposición. Con ello, reconoció que cualquier persona puede presentar solicitudes de investigación sobre la importación de mercancías importadas producidas con trabajo forzoso que la STPS debe responder adecuadamente ante tales solicitudes de investigación.
“Nuestra experiencia deja claro que el trabajo forzoso no se combate con acuerdos que existen solo en papel. Este mecanismo tendría que ser accesible y accionable para trabajadores y activistas, y aún no lo es. No hay que perder de vista que el Estado tiene la obligación de cumplir con sus compromisos en materia de derechos humanos” afirmó Benjamin Cokelet, fundador y director ejecutivo de Empower.
“Esta decisión abre la posibilidad de que México fortalezca sus mecanismos de control y transparencia frente a las mercancías que pudieran provenir de trabajo forzoso. Es un paso hacia la coherencia entre el discurso y la práctica en materia laboral internacional”, señaló, Guillermo Torres, Coordinador de Justicia Transnacional en ProDESC.
En los próximos días, el TFJA deberá emitir el acuerdo de admisión de la demanda, con ello la STPS estará obligada a dar contestación formal y podrá avanzarse en el análisis de fondo de la petición presentada por Empower, de ahí que esta resolución represente una oportunidad para que México cumpla con sus compromisos en materia laboral del T-MEC y refuerce la obligación de impedir mercancías producidas mediante trabajo forzoso.