23 Sep Por una transición energética feminista y popular: algunas claves para imaginar el futuro
Verónica Vidal Degiorgis
Subdirectora Operativa
Proyecto de Derechos Económicos Sociales y Culturales A.C. (ProDESC)
“ ¡Vaya sorpresa la mía! No podía imaginarme que podrías ser así. Según dices, tienes en el bolsillo mucho dinero y un gran proyecto. Quienes, como yo, gozamos andando por el monte ni entendemos ni queremos que nos planten árboles de hierro. -¡Oye, muchacha, no digas semejantes sandeces! Ésta tía no distinguiría entre una haya y un roble. Nadie impedirá la implantación de la energía eólica. El monte no perderá nada en belleza y ganará en otras muchas cosas.”
En el proceso de pensar estas líneas sobre transición energética no se me vinieron inicialmente a la mente los aspectos técnicos de la transición, ni en el cambio climático ni en la Agenda 2030 de los Objetivo de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas.
No pude pensar en otra cosa que en la madrugada del 3 de marzo de 2016, cuando mis compañeras defensoras de derechos humanos en Honduras me despertaron con la noticia del asesinato de nuestra compañera Berta Cáceres.
Berta entendía muy bien los impactos y las implicaciones de la “transición energética” en su pueblo Lenca, en su río Blanco. Su lucha contra grandes Empresas Transnacionales generadoras de energía renovable en colusión con el Estado Hondureño le arrebataron la vida.
Se preguntarán por qué una defensora indígena y feminista, defensora de la tierra y territorio y que creía en la sostenibilidad de la vida en este planeta, se oponía fervientemente a la instalación de una presa hidroeléctrica, que utiliza un medio de energía “renovable y sustentable”, y aparentemente neutral al medio ambiente en su territorio Lenca.
Como mujer, indígena y feminista Berta sabía perfectamente la intersección de desigualdades a las que las mujeres nos enfrentamos en cualquier aspecto de nuestra vida. Berta también sabía que la lucha por el territorio, los bienes naturales y de los derechos de los pueblos indígenas implica enfrentarse a Goliat disfrazado de cordero.
Ciertamente, estamos de acuerdo que es indispensable transitar hacia a modelos energéticos no contaminantes que permita transitar a formas sustentables de vida, lo paradójico es que se pretende hacerlo tratando de parchar (en los mejores casos) un sistema económico, social, político y cultural que por donde se lo mire solo sigue generando desigualdades, y en su mayoría aún, para las mujeres. Los modelos de transición energéticos corporativos que plantean el uso de energías renovables rara vez (si no es que nunca) se dan en el marco de un un respeto irrestricto a los derechos humanos.
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Incluso, no solo no se respetan los derechos humanos de las poblaciones asentadas en los territorios en los que se instalan, sino que tienen un efecto devastador en los ecosistemas y profundas afectaciones a los medios de vida de las personas en los territorios. Por ejemplo, en el caso de la industria eólica se afirma que “La construcción de un parque eólico requiere de la eliminación de cobertura vegetal, fenómeno que a su vez ocasiona la fragmentación del hábitat y el desplazamiento de fauna silvestre”.
En el caso de los “beneficios” para las poblaciones se documenta que en México las mujeres han sido las más afectadas “dado que su acceso a recursos importantes para sus actividades comerciales se ha visto alterado con la privatización del territorio. Pocas mujeres tienen derechos agrarios, así que tampoco están en posibilidades de cobrar rentas y regalías.” Evidentemente, la energía renovable que genera esta industria podrá no generar más gases de efecto invernadero y contribuir a los loables ODS, sin embargo, deja ecocidios en los territorios y afectaciones humanas y por ende violaciones a derechos humanos mucho más caras que sus millonarias inversiones.
Desde un punto de vista político, y de derechos humanos no me sitúo en la mirada de la transición energética desde la visión corporativa y patriarcal desde dónde la transición se ve como “un potencial de acumulación de riqueza y posicionamiento hegemónico geopolítico”. Resueno, por el contrario, con las posiciones que explican el riesgo que se corre de que “el paradigma” de la transición energética, “se vea apropiado por las grandes empresas y que sea puesto al servicio del actual sistema de reproducción social que pretende perpetuar las relaciones de poder existentes”.
Pensar en una transición energética desde una visión feminista
Mi caminar feminista me ha permitido, escuchar, acompañar y aprender de mujeres defensoras de la tierra, el territorio y los bienes naturales de varias regiones. Sus voces y sus luchas y experiencias me han marcado política y emocionalmente. Ellas son las que están en la primera línea de lucha en sus comunidades, haciendo valer su visión del mundo y enfrentando poderes corporativos transnacionales y los de sus Estados ante el despojo de megaproyectos extractivistas. Entre ellos, los proyectos de energías renovables. Generalmente este tipo de proyectos no se encuentran entre las denominadas “industrias extractivas” como la minería, la tala, el gas, el petróleo, etc. Sin embargo, los proyectos de energía renovable operan también desde la lógica extractivista de los recursos de los pueblos indígenas y las comunidades agrarias.
En este sentido, las mujeres que defienden sus territorios han venido documentando las múltiples violaciones a sus derechos humanos y afectaciones generadas por las operaciones de las grandes empresas en colusión con las autoridades estatales. Algunos de ellos son:
- Obstáculos para la participación en los procesos de toma de decisiones.
- Criminalización.
- Estigmatización.
- Militarización y fuerzas armadas.
- Marginación dentro de sus propios movimientos y comunidades.
La transición energética planteada por los grandes poderes corporativos transnacionales y muchos gobiernos no ha sido hasta ahora un proceso sano, limpio y respetuoso con los derechos humanos de las mujeres y mujeres defensoras en la transición de la explotación y uso de los combustibles fósiles a la explotación y uso de energías “renovables” como el viento, el agua, el sol, etc.
Unión Hidalgo: una lucha de las mujeres
En nombre de la transición energética se han cercado comunidades, se han amenazado y agredido a defensoras y defensoras de la tierra y el territorio y se ha limitado la participación de las mujeres en general y en toda su diversidad en la toma de decisiones en los proyectos de “energías limpias”. En Unión Hidalgo Oaxaca, la defensora y miembra del Grupo de Mujeres Indígenas en Defensa de la Vida, Guadalupe Ramírez da testimonio de cómo las empresas transnacionales de energía eólica (DEMEX filial de la empresa española renovalia, y la francesa Electricité de France -EDF) han llegado desde el año 2011 a su territorio con la idea de comprar sus tierras comunales para la instalación de parques eólicos a través de:
- Firma de contratos ilegales y engañosos.
- Procesos de consulta que no se apegan a los estándares internacionales delineados en el Convenio 169 de la OIT de que éstas consultas sean libres, previas e informadas.
El caso de Unión Hidalgo, representa solo un ejemplo de la simulación de los “beneficios” que estos proyectos prometen traer a las comunidades. Las vivencias de Guadalupe y su comunidad tras la llegada de las empresas eólicas en 2011 nos confirman que los modelos de transición energética desde la lógica corporativa no tienen ningún interés en beneficiar a las comunidades sino generar energía para seguir manteniendo un modelo económico que prioriza la producción y el consumo.
Desde una perspectiva feminista y de derechos humanos (y por ende interseccional) éstos procesos no son ni neutrales a los derechos de las mujeres, ni a los derechos a la tierra, el territorio y los bienes naturales de los pueblos indígenas y en particular de las mujeres indígenas. Cualquier política de transición energética debe darse necesariamente desde una perspectiva de justicia socioambiental y de género. La participación de las mujeres en toda su diversidad es un requisito indispensable para pensar una transición energética que busque la sustentabilidad del planeta y la igualdad de acceso a recursos energéticos para la reproducción de la vida ( y no del capital) de todas las personas.
Igualmente, los debates sobre la transición energética deben incluir necesariamente los aportes de la economía feminista. Esta disciplina se aleja de la economía neoclásica u ortodoxa en incluir un tema central de nuestras economías para tratar de explicar las desigualdades de género que afectan a hombres y mujeres: el rol de los cuidados no remunerados que las mujeres y las niñas realizan para la reproducción de la vida. Este trabajo está además, estrechamente vinculado al acceso a la energía sin la cual es imposible sostener cualquier estructura de cuidados.
Por tanto, cuando pensamos en las afectaciones e impactos de los proyectos de “energía sustentable” en las comunidades, y teniendo en cuenta que son las mujeres las que por su condición de género asumen las tareas de cuidado,( lo que deja poco tiempo para la participación política y en la toma de decisiones comunitarias), un enfoque de economía feminista apuntaría a revisar las afectaciones que estos proyectos tendrán en el acceso a la energía para las mujeres y por tanto pondría en el centro el rol de las mujeres en la toma de decisiones sobre su implementación e impactos.
Ante un panorama global de crisis sistémica, algunas preguntas claves que deberíamos plantearnos las feministas al pensar en transición energética es ¿Para qué se quiere esa transición? ¿Quiénes van a participar en los procesos de toma de decisiones? ¿Cómo se van a tomar esas decisiones? ¿A quiénes van a beneficiar los proyectos? ¿Cuáles van a ser las afectaciones e impactos diferenciados por género y otras intersecciones de clase, raza, etnia, etc ? ¿Cómo asegura esa transición energética la reproducción de la vida, los cuidados y los límites de los “recursos renovables” sin poner en riesgo la continuidad de la vida natural y humana?
Por otra parte, los debates y modelos de transición energética deberían incorporar la mirada del acceso a los “recursos” energéticos como un derecho y no como recurso mercantilizable. Por tanto, como cualquier derecho humano, el derecho a la energía es un derecho exigible y justiciable y está sujeto a los mecanismos de acceso a la justicia. Es decir, que ante una violación a éste derecho se pueden activar los mecanismos establecidos en la ley que establecen recursos de remediación y reparación ante una violación a los derechos humanos de las personas y/o comunidades.
Igualmente, en un contexto de privatización global de las políticas energéticas, en su mayoría lideradas por Empresas Transnacionales o en esquemas mixtos (inversiones público-privadas) que forman generalmente oligopolios que concentran las ganancias y el mercado energético, no puede soslayarse el papel de la debida diligencia y rendición de cuentas empresarial así como la responsabilidad de los Estados en salvaguardar los intereses de las comunidades y en especial de las mujeres en los modelos de transición energética.
Los múltiples feminismos apuntan a generar un cambio estructural del actual sistema económico donde los derechos de las mujeres (diversas) se encuentren en el centro, inclusive en las políticas de transición energética. En este sentido, deberían buscarse alternativas a los proyectos de “energía sustentable” de gran escala que degradan el medio ambiente y los medios de vida de las poblaciones en los territorios y donde las mujeres siempre llevan la mayor desventaja. Ningún proyecto energético debería pensarse ya para el sostenimiento de un sistema que prioriza la producción masiva y capitalista para los centros urbanos sino para el sostenimiento y reproducción de la vida, una vida digna para todas y todos.
1 Joxerra Garzia, Jon Sarasua, Andoni Egaña. El arte del bertsolarismo. Realidad y claves de la improvisación oral vasca, 2001, p.130. Gracias a Jorge Chemes por presentarme esta belleza de texto.
2 Verónica Vázquez García y Rubén Manuel Zepeda Cancino, “Los Retos de la Energía Eólica en México, Revista Nexos, Febrero 10 de 2020, Disponible en: https://medioambiente.nexos.com.mx/?p=135
3 Ibid.
4 Transnational Institute y Taller Ecologista, Nota, 2020.
5 Ibid.
6 AWID, WHRD-IC, 2017, Defensoras de derechos humanos confrontando a las industrias extractivas. Un panorama de los riesgos críticos y las obligaciones en materia de derechos humanos,, p. 5
7 Intervención de Guadalupe Ramírez en el Webinar “Impactos de la transición energética: una mirada desde la defensa integral. ProDESC, 15 de Julio, 2020.
8 Convenio Núm. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, 1989.
9 Término originalmente acuñado por la abogada estadounidense Kimberly Crenshaw en 1989. Ver: “Demarginalizing the Intersection of Race and Sex: A Black Feminist Critique of Antidiscrimination Doctrine, Feminist Theory and Antiracist Politics”, University of Chigago Legal Forum, Volume 1989, Issue 1, Disponible en: https://chicagounbound.uchicago.edu/cgi/viewcontent.cgi?referer=&httpsredir=1&article=1052&context=uclf Creemos relevante lente de análisis puesto que “El análisis interseccional tiene como objetivo revelar las variadas identidades, exponer los diferentes tipos de discriminación y desventaja que se dan como consecuencia de la combinación de identidades. Busca abordar las formas en las que el racismo, el patriarcado, la opresión de clase y otros sistemas de discriminación crean desigualdades que estructuran las posiciones relativas de las mujeres. Toma en consideración los contextos históricos, sociales y políticos y también reconoce experiencias individuales únicas que resultan de la conjunción de diferentes tipos de identidad”. AWID, Derechos de las mujeres y cambio económico No. 9, agosto 2004. Disponible en https://www.awid.org/sites/default/files/atoms/files/nterseccionalidad_-_una_herramienta_para_la_justicia_de_genero_y_la_justicia_economica.pdf
10 La economía feminista necesariamente se replantea la cuestión central de la cuestión distributiva. Es decir, que los cuidados hayan estado esencialmente genéricamente asignados y que recaigan en su mayoría en el sujeto mujer, no quiere decir que esta asignación se perpetúe sino apuntar a la necesaria revisión de las tareas de cuidado entre hombres y mujeres.